Las empresas de gas deberán brindar facilidades de pago de hasta 30 cuotas, consecutivas y mensuales, para las personas que contrajeron deudas en las facturas en el período de aislamiento obligatorio.
Se trata de deudas por la suspensión de cortes de servicio que rigió desde el 1° de marzo hasta el 31 de diciembre del año pasado, al amparo del Decreto N° 311/2020. El Ministerio de Economía publicó en el Boletín Oficial, la Resolución 383/2021.
Mediante el Decreto 311/2020 se prohibió a las empresas prestadoras de servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, suspender éste a determinado usuarios.
“Las empresas prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes deberán otorgar a los usuarios y a las usuarias residenciales y no residenciales beneficiados por la suspensión de cortes de servicio establecida en el Decreto 311/2020, planes de facilidades de pago de hasta 30 cuotas iguales, mensuales y consecutivas”, dispuso el Ministerio de Economía.
Los que podrán acceder a este beneficio son:
Beneficiarios/as de AUH y la Asignación por Embarazo.
Beneficiarios/as de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
Inscriptos/as en el Régimen de Monotributo Social.
Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
Monotributistas cuyo ingreso anual no supere en dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
Quienes perciben seguro de desempleo.
Usuarios/as en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares.
Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.
MiPyMES afectadas en la emergencia.
Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) afectadas en la emergencia.
Instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia.