EN RADIO BÚNKER SE HABLÓ SOBRE LA NUEVA MEDIDA DE LA AFIP CON LOS INMUEBLES

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el registro de contratos de locación de inmuebles previsto en la Ley 27.551, con el que busca obtener información para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos intervinientes en distintas operaciones.La Resolución General N° 4933, que se publicó en el Boletín Oficial, da forma a lo dispuesto por el artículo 16 de la ley. Aquellos contribuyentes que asuman el carácter de locadores o arrendadores en los contratos quedan obligados a la registración de la operación.

Esta resolución, es explicada al detalle por el especialista Andrés Salinas en el Tanke de Bunker: “La AFIP va a reglamentar el registro de contrato de alquiler de un inmueble, cada vez que se genere se tendrán que registrar en la web del organismo. Se tienen que inscribir los contratos que se realizaron desde junio del año pasado y que continúen vigentes, sino lo inscribes o no lo haces la AFIP aplicará sanciones. El proceso es sencillo, vas con la claves fiscal al sitio de la AFIP, allí cliqueas en la parte donde dice REDI y ahí registras tu inmueble”.

Salinas se refirió a los pro y contra de la nueva medida: “Si vos te registras, luego de pagar el alquiler te dan una factura y, si pagas ganancias, podes deducir el 40% de la misma. Hay que tener en cuenta que el 80% de los alquileres no se están facturando actualmente. Lo negativo es que si vos no lo realizabas, tendrás que inscribirte como monotributista para poder alquilarle a alguien el inmueble”.

Por último, habló del efecto que puede tener esta nueva implementación: “Hay veces que se toman decisiones que tienen un efecto contrario. El objetivo era beneficiar al inquilino, pero terminó perjudicando al mismo porque con esta nueva ley los precios aumentaron. Esta norma no es un paso a favor, se cree que sí, pero es parecida a la ley de alquileres y termina perjudicando a inquilinos y propietarios”.