Se trata de un fondo no reintegrable que deberá ser solicitado por los intendentes y rendirse en forma mensual. Servirá para alimentos, medicamentos, artículos de limpieza e higiene.
El “Fondo Especial Municipal para la Atención de Emergencias en Zonas con Alta Circulación de COVID-19” fue anunciado a través de un Boletín Oficial y será destinado a municipios con alta circulación de Covid-19.
Los fondos, según estableció la medida, se “destinarán los recursos en referencia exclusivamente al abastecimiento de alimentos necesarios para la subsistencia, artículos de limpieza e higiene, garrafas y medicamentos. En ningún caso, el Municipio podrá utilizar los fondos percibidos para financiar gastos operativos no relacionados al COVID-19”.
Para solicitarlo, las comunas deberá emitir una nota firmada por el intendente ante el ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la provincia de Buenos Aires, que analizará el pedido y en caso de ser aprobado, sse le comunicará también al ministerio de Hacienda y Finanzas.
Este fondo tiene como objetivo “socorrer financieramente a los municipios, que estén en las zonas determinadas como de alta circulación, para que afronten los gastos referidos al suministro de alimentos, insumos de limpieza e higiene, garrafas y medicamentos, necesarios para la subsistencia de las familias”.